Mañana ingresará a la Cámara de Diputados el proyecto del Gobierno provincial que busca encarcelar a los que violen una restricción de acercamiento como forma de protección a las víctimas de violencia de género.
En lo concreto, el proyecto impulsado por el Ejecutivo prevé la modificación de dos artículos del Código de Procedimiento Criminal de la provincia: el inciso 2 del artículo 212 y un fragmento del 510.
La redacción vigente del artículo 212 habla sobre los requisitos para la detención de una persona y el inciso 2 dice de forma textual: “Que el sospechado carezca de domicilio en el lugar, se encuentre prófugo, sea reincidente, reiterativo o se advierta que el mismo pueda evadir el accionar de la justicia o entorpezca las investigaciones”.
Y se le busca agregar el siguiente párrafo: “O se hubiera anoticiado el juez de la violación de una orden de restricción vigente y debidamente notificada”.
La otra modificación es al artículo 510 que especifica las circunstancias en las que se deniega la eximición de prisión o excarcelación. La redacción actual sostiene:
“Deberá denegarse la eximición de prisión o excarcelación en los siguientes casos: a) Cuando la objetiva y provisional valoración de las características del hecho así lo determinen; b) La posibilidad de declaración de reincidencia; c) Reiteración en delitos d) Las condiciones personales del imputado y sus antecedentes, hicieren presumir que el mismo intentará eludir el accionar de la justicia o entorpecer las investigaciones; e) Si el imputado hubiere gozado de eximiciones o excarcelaciones anteriores. f) Cuando en el hecho investigado los autores hubieran utilizado armas de fuego, y tuvieran antecedentes por delitos dolosos”.
El Ejecutivo busca que se añada otro inciso, el g, que dice: “Cuando se violare orden de restricción vigente, emanada de juez competente y debidamente notificada”.